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Tecnologías emergentes en Latinoamérica y el mundoViernes 23 oct 2026

Gobernanza digitalRegulación

En la UE, el banco devuelve primero el dinero robado y discute la culpa después

Un fallo del tribunal europeo obliga a reintegrar al día hábil siguiente, aunque el banco crea que el cliente fue descuidado. En Latinoamérica, México tiene una regla parecida y en Brasil y Argentina no hay garantía de reintegro.

Una mujer mira en su celular una alerta del banco, con una tarjeta sobre la mesa
Imagen: Infobae

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió el 15 de octubre que un banco no puede negarse a devolver el dinero de un pago que el cliente no autorizó, aunque considere que el cliente fue muy descuidado. Según el comunicado oficial del tribunal, el banco tiene que reintegrar el monto de inmediato y, recién después, si cree que hubo negligencia grave, puede reclamárselo al cliente y debe probarlo. Primero se devuelve el dinero y después se discute de quién fue la culpa. El fallo no rige en Latinoamérica, pero es un antecedente para entender hacia dónde puede ir la protección de las víctimas de estafas digitales en la región.

El fallo, del caso C-70/25, volvió a circular esta semana por una nota de Infobae España que calcula su peso económico, y ya había sido explicado por medios como Xataka.

El caso

Una clienta de un banco polaco vendía un objeto en una plataforma de compraventa por internet. Un supuesto comprador le mandó un enlace que parecía de la plataforma para confirmar la venta. El enlace la llevó a una copia falsa del sitio de su banco, donde escribió sus claves de acceso. Con esos datos, el estafador transfirió a su propia cuenta el equivalente a unos 700 euros.

Al día siguiente, la clienta avisó al banco. El banco se negó a devolverle el dinero porque, según su criterio, ella había facilitado la operación al no cuidar sus claves. La clienta fue a la justicia de Polonia, que le preguntó al TJUE cómo debía aplicarse la directiva europea de servicios de pago.

Qué dijo el tribunal

Ante un pago no autorizado, el banco debe devolver el monto de inmediato y, a más tardar, al final del día hábil siguiente a aquel en que se enteró o fue notificado, siempre que el cliente haya avisado sin demora.

Hay una sola excepción. El banco puede no devolver de inmediato si tiene motivos razonables para sospechar que el propio cliente cometió fraude y se los comunica a la autoridad nacional competente. Creer que el cliente fue negligente no alcanza.

Después del reintegro, el banco puede pedirle al cliente que cubra la pérdida si demuestra que la causó por no cumplir, con intención o con negligencia grave, su deber de proteger sus claves. La carga de la prueba es del banco, no del cliente.

El tribunal explicó por qué. Si el banco pudiera negarse desde el principio alegando descuido, la obligación de devolver de inmediato quedaría sin efecto, y el cliente tendría que iniciar un juicio para recuperar su dinero, "con los costos y las molestias que eso puede implicar".

Qué no cubre

El fallo se aplica a pagos no autorizados, como este, en el que el estafador usó las claves robadas para mover el dinero. No resuelve el caso en que la víctima, engañada, hace ella misma la transferencia, por ejemplo cuando alguien se hace pasar por el banco y la convence de mover sus ahorros a una "cuenta segura". Ese tipo de estafa, en la que el cliente autoriza el pago, queda fuera de esta regla.

Para esos casos, la Unión Europea acordó en noviembre de 2025 un nuevo reglamento de servicios de pago. Según el comunicado del Parlamento Europeo, cuando un estafador se haga pasar por empleado del banco y engañe al cliente para que apruebe un pago, el banco deberá devolver el monto completo si el cliente denuncia el fraude a la policía y avisa a su banco. El acuerdo todavía tiene que ser adoptado formalmente por el Parlamento y el Consejo antes de entrar en vigor.

Un antecedente para Latinoamérica

El fallo europeo define quién absorbe primero la pérdida de una estafa digital, el banco o el cliente. En la región no hay una regla general de devolución inmediata para todos los pagos no autorizados, y cada país lo resuelve distinto.

En México, las reglas del Banco de México obligan a los bancos a abonar los cargos no reconocidos en tarjetas de débito a más tardar el segundo día hábil bancario, siempre que correspondan a operaciones de las 48 horas previas al reclamo, según la Condusef. El banco solo puede revertir ese abono si demuestra, con un dictamen, que la operación se hizo con los factores de autenticación exigidos.

En Brasil, el Pix tiene el Mecanismo Especial de Devolución (MED), con el que la víctima de un fraude puede pedir que se bloquee y devuelva el dinero. Desde febrero de 2026, su versión 2.0 permite seguir el dinero cuando pasa a otras cuentas, y la devolución depende de que haya fondos disponibles, por lo que puede ser total o parcial, informó la Agência Brasil. No es una garantía de reintegro como la que fijó el tribunal europeo.

En Argentina, el cliente que desconoce una operación tiene que reclamar primero a su banco o billetera. Si en 10 días hábiles no hay solución, puede presentar el caso ante el Banco Central, que actúa como segunda instancia y, si el problema sigue, lo deriva a Defensa del Consumidor, según la página oficial del BCRA. Esa página no prevé un reintegro inmediato mientras se investiga.

Cuánto dinero está en juego

El último informe conjunto de la Autoridad Bancaria Europea y el Banco Central Europeo, de diciembre de 2025, contó 4.200 millones de euros en pagos fraudulentos en el Espacio Económico Europeo durante 2024, un 17 % más que el año anterior. Las transferencias explicaron unos 2.500 millones y los pagos con tarjeta, unos 1.300 millones.